Es de conocimiento público que para tener por cierta la comisión de un delito es porque se acreditó que se superaron los elementos normativos de la tipicidad, la antijuridicidad y la culpabilidad, pero entre estos lo más importante es que se afectó el bien jurídico tutelado por el punible, como por ejemplo en el caso del homicidio el derecho fundamental de la vida. Esto de contera nos lleva a distinguir que dentro de cada reato cometido existe un doliente o bien sea una persona afectada, ya sea natural o jurídica, o ambas, pero se generó un daño en su contra, lo cual les da la calidad y el posterior reconocimiento como víctimas del hecho delictual.
Nuestra Constitución Política y la aplicación del Acto Legislativo 03 de 2002 que trajo a la normatividad procesal penal el Sistema Penal Acusatorio y que se reglamentó formalmente con la Ley 906 de 2004, nos indica que en cabeza de la Fiscalía General de la Nación está la facultad investigativa y acusatoria de las conductas que se consideran delitos, por ello estas normas les imponen constitucionalmente la orden de velar, ante todas las cosas, por los derechos de las víctimas y que estos sean refrendados, restablecidos y protegidos conforme a las garantías respectivas que exige el mismo procedimiento penal. Claro está, tal facultad de la Fiscalía frente a los dolientes de los delitos no imposibilita a que estos acudan a terceros, como somos los abogados, a que representen sus intereses desde la etapa investigativa hasta la de juzgamiento, es decir, que sean apoderado de víctima; podría decirse que pueden tener dos actores que velan por los derechos de estos, como es la Fiscalía y el representante de víctimas.
Es precisamente desde el rol de representante de víctimas que se genera esta columna, debido a que en estos días dos personas se acercaron a mi firma de abogados para asesorarlos y para que asumiera como apoderado de víctimas el caso del homicidio de un hermano de estos que ocurrió en el año 2015 y que todavía está en fase de investigación ante la Fiscalía General de la Nación Seccional Bolívar, en razón de que desde que ocurrió el hecho lamentable y se generó la noticia criminal, no ha habido avance alguno en la investigación.
Como quien dice, y poniéndonos a la vanguardia de los algoritmos de estos tiempos, si el expediente participa en la foto tendencia que hay en las redes sociales de estos días, el reto “Tú hace 10 años VS Tú hoy”, encontraremos que la foto del expediente en ambos extremos será la misma, porque realmente no ha pasado absolutamente nada desde hace diez años en ese caso. Enseguida nos preguntamos: ¿Cómo es posible que no se haga nada en un caso durante diez años?
Pero sí, sí es posible, y al comentario a marras es cierto, pues el suscrito, el día después de la cita con los interesados, se acercó a las instalaciones de la Fiscalía General de la Nación Seccional de Cartagena y me llevé la ingrata sorpresa de que al expediente desde el año 2015 no le habían hecho gestión alguna desde el plan metodológico investigativo que se le creó en esa calenda, como diría una canción: “increíble… pero cierto”.
Al preguntar al fiscal que lleva el caso la razón por qué el proceso está viviendo el sueño de los justos y sus razones, entendibles hasta cierto punto, nos dijo: “Aquí hay 3000 casos, no me alcanza cada día de un año para revisar todos los expedientes”, “No tengo asistente ni investigador solos asignados a este despacho”, “Tengo juicios diarios”.
Bajo esas razones es válido preguntarnos enseguida: ¿Qué tanto les importa a las víctimas todo esto?
Y sí, les importa poco o nada y no los entienden, pero esa es la realidad que les toca vivir a las víctimas por culpa de este sistema, por eso ven la reverencia a sus derechos como una utopía, como un Estado que los abandona y en nada los ayuda, que lo que está en la Constitución es solo y nada más que papel.
Lo realmente decepcionante de todo esto, es que así pasa en la mayoría de los casos en nuestro país, pues veinte años después de la implementación del sistema penal acusatorio con la Ley 906 de 2004, nada ha cambiado en ese sentido, y así como van las cosas esas situaciones se van a permear en el tiempo, por eso el sentir de esta columna, no es más que las víctimas no solo lo son del delito, sino del proceso, o bien sea del sistema, que no es justicia sino simplemente un sistema. A manera de conclusión y de solución de este problema, ojalá se defina la implementación de la acción penal privada, acabando el monopolio de la Fiscalía.
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